THE DEFINITIVE GUIDE TO ORDEN DE DETENCION EUROPEA Y ENTREGA - ASISTENCIA LEGAL

The Definitive Guide to orden de detencion europea y entrega - asistencia legal

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No obstante lo anterior, la autoridad judicial española competente observará las formalidades y procedimientos expresamente indicados por la autoridad judicial del Estado de emisión siempre que esas formalidades y procedimientos no sean contrarios a los principios fundamentales del ordenamiento jurídico español.

El Juez Central de lo Penal suspenderá la ejecución de la resolución tan pronto como la autoridad competente del Estado de emisión le informe de la adopción de cualquier resolución o medida que tenga por efecto anular o dejar sin efecto la resolución.

file) Cuando la persona esté sujeta a una pena o medida no privativa de libertad, incluidas las sanciones pecuniarias, o a una medida equivalente, aun cuando dicha pena o medida pudieren restringir su libertad unique.

Estas normas generales ponen de manifiesto la peculiaridad del reconocimiento mutuo derivada de la relación directa entre autoridades judiciales de los diferentes Estados. Una característica cuya puesta en práctica requiere la comunicación inmediata de las distintas decisiones que se adopten en cada caso y las consultas previas en muchos supuestos en tanto que permitirán a las autoridades competentes valorar la conveniencia o no de recurrir a estos instrumentos.

– Vistos los convenios, las recomendaciones y las resoluciones del Consejo de Europa sobre asuntos penitenciarios y cooperación en materia penal,

El Título V es el dedicado a la resolución sobre medidas de vigilancia de la libertad provisional, que permite que un Estado distinto al que impuso la medida de vigilancia pueda supervisar su cumplimiento cuando así le sea solicitado y siempre que se cumplan los requisitos legalmente establecidos. De este modo, se consigue una mejor ordenación de la actuación de los Estados en este ámbito penal y se evita que un residente en un Estado miembro se vea sacado de su entorno como consecuencia de la comisión de una infracción penal durante el tiempo que transcurra hasta la celebración del juicio.

C. Considerando que, en términos generales, la orden de detención europea ha sido un éxito y ha sustituido las extradiciones por entregas; que, en los casos en que el interesado no presta su consentimiento, el tiempo que transcurre hasta la entrega se ha reducido a una media de forty días en 2017 —frente a fifty días por término medio en 2016—, si bien en algunos Estados se tarda en cumplir o no se cumplen las exigencias de reconocimiento mutuo; que en algunos casos aislados los Estados miembros han notificado procedimientos de entrega de hasta noventa días de duración cuando el interesado no había prestado su consentimiento;

11. Considera que deben adoptarse nuevas medidas horizontales para reforzar el principio de cooperación leal consagrado en el artworkículo four, apartado three, del TUE y para aumentar la confianza mutua en los sistemas nacionales de justicia penal, propiciando de este modo una cooperación judicial más eficiente; destaca que la comprobación de la doble tipificación limita el reconocimiento mutuo y, según el Tribunal, debe interpretarse de manera restrictiva; destaca, no obstante, que actualmente preocupa la falta de definición adecuada de los delitos a los que ya no se aplica la regla de la doble tipificación; señala que el reconocimiento mutuo debería operar, preferentemente, de modo automático(37), sin reevaluar los motivos de fondo de la acusación, y que la denegación solo debería tener lugar cuando esté justificado invocar alguno de los motivos de denegación enumerados exhaustivamente en la Decisión Marco relativa a la orden de detención europea o cuando otras circunstancias, reconocidas por el Tribunal, justifiquen limitaciones a los principios de reconocimiento mutuo y confianza mutua entre Estados miembros;

45. Pide a la Comisión que elabore una política coherente en materia de reconocimiento mutuo que tenga en cuenta la jurisprudencia del Tribunal y el nivel genuine de armonización del Derecho y los procesos penales en los Estados miembros, así como los derechos fundamentales reconocidos por la Carta;

twenty. Pide a los Estados miembros que apliquen la Decisión Marco relativa a la orden de detención europea y las sentencias pertinentes del Tribunal en esta materia, así como otros instrumentos jurídicos en materia penal, de manera íntegra y sin retrasos; destaca que instrumentos como la Decisión Marco 2008/909/JAI relativa al traslado de presos, la Decisión Marco 2008/947/JAI relativa a la libertad vigilada y las penas sustitutivas, la orden europea de investigación, la orden europea de vigilancia o el Convenio Europeo sobre la Transmisión de Procedimientos en orden de detencion europea y entrega - asistencia legal Materia Penal(38), complementan a la orden de detención europea y ofrecen alternativas útiles y menos intrusivas; subraya que la orden de detención europea solo debe utilizarse si se han agotado todas las demás opciones alternativas, y que los Estados no deben recurrir a la orden de detención europea en situaciones en las que una medida menos intrusiva produzca los mismos resultados, por ejemplo, las audiencias por videoconferencia o instrumentos conexos; insta a las autoridades de los Estados miembros a que utilicen, cuando sea posible, dichos instrumentos alternativos en lugar de emitir una orden de detención europea;

2. En caso de concurrencia entre una orden europea de detención y entrega y una solicitud de extradición presentada por un tercer Estado, la autoridad judicial española suspenderá el procedimiento y remitirá toda la documentación al Ministerio de Justicia. La propuesta de decisión sobre si debe darse preferencia a la orden europea de detención y entrega o a la solicitud de extradición se elevará por el Ministro de Justicia al Consejo de Ministros, una vez consideradas todas las circunstancias y, en certain, las contempladas en el apartado one y las mencionadas en el convenio o acuerdo aplicable. Este trámite se regirá por lo dispuesto en la Ley four/1985, de 21 de marzo, de Extradición Pasiva.

1. Son autoridades competentes para la transmisión de una resolución por la que se impone una pena o medida privativa de libertad los Jueces de Vigilancia Penitenciaria, así como los Jueces de Menores cuando se trate de una medida impuesta de conformidad con la Ley Orgánica reguladora de la navigate here responsabilidad penal de los menores.

2. En todo caso, el Juez o Tribunal estará en contacto permanente con la autoridad competente del Estado de ejecución a fin de evitar cualquier posible interrupción en la supervisión de las medidas de vigilancia.

Si la persona condenada se encuentra en el Estado de emisión será trasladada a España en el momento acordado entre la autoridad de emisión y el Juez Central de lo Penal, siempre dentro de los treinta días siguientes a la firmeza navigate here del car de reconocimiento y ejecución de la resolución.

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